martes, 15 de mayo de 2007

CLUB DE CIENCIAS - UGEL SANTA


DEFINICIÓN

El Club de Ciencia es una asociación de alumnos interesados en cualquiera de las áreas científicas que se dedican a realizar investigación, difusión y/o alfabetización científica con proyección a la comunidad, bajo el asesoramiento de profesores y padres de familia especialmente comprometidos.

El CONCYTEC reconocerá como afiliado a la Red de Clubes de Ciencia a un Club de Ciencia que tenga como mínimo cinco integrantes por área, un profesor asesor, también por área, y un proyecto de investigación en marcha.


OBJETIVO GENERAL


Organizar grupos de niños y jóvenes que en cada centro educativo promuevan la educación científica-tecnológica y que se vayan formando como líderes del conocimiento científico-tecnológico al servicio de su comunidad, vinculados al movimiento científico-tecnológico mundial.


ORGANIZACIÓN


Condiciones. La creación de un Club de Ciencia puede partir del interés por la investigación científica y tecnológica de un grupo de estudiantes o de la iniciativa de un profesor. Es indispensable contar con la asesoría permanente de especialistas en ciencias y la asistencia regular de un grupo de alumnos con responsabilidad, entusiasmo o cualidades del liderazgo. Es conveniente interesar a los profesores de ciencias, directores de los centros educativos, padres de familia y otros miembros de la comunidad para obtener su colaboración en la organización y difusión de las actividades. Es saludable conseguir el auspicio de instituciones nacionales e internacionales. El Club puede funcionar dentro o fuera del horario escolar, pero sus actividades esarán incluidas en los planes de estudios y no deben producir interferencias.
Denominación. El Club tiene una denominación que lo identifique, la misma que deberá estar relacionada con temas científicos, nombres de científicos que hayan aportado al conocimiento y/o al desarrollo nacional, con reconocido prestigio nacional o internacional.
Estructura. Se constituirá un comité directivo cuyos miembros tengan funciones específicas. El club debe contar con un comité asesor científico-tecnológico integrado por profesores especialistas de la comunidad. Esta organización estará regida por un reglamento.
Se recomienda formar comisiones de trabajo para las diferentes tareas. Por ejemplo: proyectos de investigación; innovaciones tecnológicas; periodismo científico; campamentos, excursiones científicas, trabajos de campo, visitas instructivas; campañas dirigidas a la comunidad; talleres de adiestramiento para los integrantes; afiches y otros materiales de propaganda; concursos, ferias, olimpíadas de química, física, biología, matemática, astronomía; biblioteca especializada.
Lugar de funcionamiento. La sede del Club debe estar preferentemente en el centro educativo. El local se implementará mediante actividades del Club, con la participación del centro educativo, padres de familia y asesores, debiendo remitir su plan de trabajo y actividades anuales y mensuales al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.


ACTIVIDADES

Realizar proyectos científicos y tecnológicos haciendo hincapié en la difusión de la metodología para la elaboración de proyectos.
Participar en la Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología - FENCYT, organizada por CONCYTEC.
Acopiar información sobre los problemas y realizaciones científicas, tecnológicas e industriales de su comunidad.
Programar y organizar cursos, conferencias debates, proyecciones, excursiones y visitas de carácter científico ( universidades y centros de investigación).
Investigar sobre la vida y obra de científicos notables.
Publicar un boletín o revista de carácter científico (informes de actividades, noticias, artículos, etc.



REGLAMENTO DEL CLUB ESCOLAR DE CIENCIAS


Art.01. El Club Escolar de Ciencias es una Asociación de alumnos, asesorada por profesores y padres de familia no necesariamente universitarios especializados en cualquier área relacionada con la ciencia; así como por científicos. Tiene como sede el colegio en donde los alumnos cursan estudios.
Art.02. El club tiene una denominación que lo identifique, la misma que deberá estar relacionada con la Ciencia o con científicos o con hechos históricos o con regiones del país.
Art.03. El club solicitará su registro oficial ante el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y presentará su plan de actividades semestral o anual.
Art.04. Los objetivos del club son los siguientes: a. Promover y fomentar la realización de actividades científicas y tecnológicas, así como las relacionadas a la protección y conservación del medio ambiente. b. Propiciar el desarrollo de actividades creativas en investigaciones, así como el intercambio con otros colegios, de instrucción superior y organizaciones científicas. c. Promover y participar en actividades científicas y en la Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología. d. Contribuir a fomentar hábitos de disciplina, responsabilidad, orden, cooperación y solidaridad entre sus miembros, con la finalidad de mejorar la enseñanza de las ciencias. e. Ayudar a una mejor comprensión de la ciencia en la vida diaria y en el desarrollo del país.
Art.05. Todos los miembros deben estar registrados en el libro de Asociados a traves de la respectiva ficha de inscripción.
Art.06. El Club Escolar de Ciencias se inicia en la propuesta de la autoridad del plantel a través de los profesores de ciencias, designándose entre ellos a uno o más asesores o coordinadores.
Art.07. La estructura del Club será la siguiente : Asamblea General, Presidente, Secretario de Finanzas, Secretario de Organización, Secretario de Relaciones Públicas, Secretario de Actas y Correspondencia. Así mismo deberá contar con un Consejo Consultivo integrado por profesores, padres de familia, científicos.
Art.08. La elección será por voto personal y secreto bajo la supervisión del comité electoral y por el periodo de un año.
Art.09. El Presidente conduce las sesiones, es el representante ante la comunidad educativa y científica del club. El Vicepresidente lo reemplaza en caso de ausencia.
Art.10. El Secretario de Actas y Correspondencia lleva el cuaderno de Actas y convoca a las sesiones por encargo del Presidente a solicitud del 70% de los miembros.
Art.11. El Secretario de Finanzas es el responsable de administrar los fondos conjuntamente con el Presidente, supervisado por el asesor o el coordinador.Art.12. El Profesor Asesor es socio adherente, supervisa la buena marcha de las actividades, sin inmiscuirse directamente en las iniciativas de los miembros activos.
Art.13. Las categorías de socios son: a. SOCIOS ACTIVOS: integrado por los alumnosb. SOCIOS ADHERENTES: son aquellos que ayudan a los miembros activos. c. SOCIOS HONORARIOS: son los científicos y personas que apoyan al club.
Art.14. Se deben formar comisiones de acuerdo a las necesidades del club. El Secretario de Finanzas debe contar con una comisión para la búsqueda de fondos.
Art.15. La primera Asamblea General se debe realizar una semana después de la elección de la Junta Directiva, en ella el Presidente presenta las actividades a realizar. Las siguientes reuniones se realizarán una vez al mes.
Art.16. Los profesores asesores o coordinadores tienen la obligación de estar presente en la Asamblea, con voz pero sin voto.
Art.17. Al término del año académico, el Presidente debe presentar un informe al Director del Plantel.
Art.18. Si las condiciones lo permiten, las actividades deben seguir desarrollándose durante las vacaciones escolares.
Art.19. Se pierde la condición de socio por faltar tres veces a la Asamblea.
Art.20. Los asuntos no contemplados en el Reglamento serán resueltos por la Asamblea.



1 comentario:

Marisol dijo...

Hola Lic. fue un ocasional acierto conocerla a través de su blog. Me gustaría saber como surge la idea de formar un club de ciencias en su institución y si en la realidad funciona operativamente. (Es decir, si se ha podido captar el interés de sus adolescentes y canalizar en la ejecución de proyectos). Soy LI. Marisol Rguez. de Veracruz, México, me gustaria conocer su experiencia. Felicidades por su proyecto.